El objetivo de este artículo es tratar del aborto de forma calmada, intentando justificar una opción ética en principio difícilmente aceptable. Para ello, vamos a partir de las dos posiciones que sostienen los que debaten el asunto: no se trata del tosco y maniqueo “aborto sí - aborto no” que ignora que nadie en su sano juicio puede adoptar una de las dos opciones de forma absoluta. Se trata del dualismo “la mujer tiene algo que decir sobre su embarazo – la mujer no tiene nada que decir sobre su embarazo”. Los lectores coincidirán conmigo en que esto abarca todo el espectro de posturas posibles. Dejémoslo aquí por el momento.
Toda norma –jurídica o moral- regula una conducta bajo tres modalidades: prohibir, permitir u obligar. Es obvio que nadie sostiene la primera con respecto al embarazo, pero, con respecto a las otras dos, se plantea la siguiente pregunta, siempre en el plano de la moral: ¿la madre tiene permitido quedarse embarazada o, por el contrario, es una obligación suya? O, dicho de otra manera, ¿el embarazo es un derecho o un deber? De nuevo, sostengo que esta dualidad abarca todas las posturas posibles acerca del tema.
Así pues, hemos llegado ya a dos dualidades: “algo que decir - nada que decir” y “derecho al embarazo - deber de quedarse embarazada”. ¿Pueden ligarse de alguna manera? Parece claro que sí: es obvio que una persona que sostenga que una mujer tiene el deber moral de quedarse embarazada también afirmará que no tiene nada que decir sobre su embarazo y, por lo mismo, sobre su hipotético aborto. Son estos los que defienden la postura de negativa total al aborto que ayer se manifestó por el centro de Madrid.
Nos quedan por analizar otras tres posturas. La posición “derecho al embarazo --> algo que decir ” no ofrece problemas, y la que sostiene “deber de quedarse embarazada --> algo que decir” es prácticamente indefendible. Ahora bien, ¿es posible apoyar que la mujer tiene derecho al embarazo pero, por el contrario, no tiene nada que decir sobre éste una vez se ha producido? Debemos sostener que no: una persona que considera que el embarazo es una decisión meritoria debería apoyar el aborto al menos en los casos en que el ejercicio de ese derecho le suponga a la gestante un coste desproporcionado (muerte o graves daños a la madre) o que se revele como infructuoso (muerte del feto); igualmente debería hacerlo en el supuesto de que el embarazo no haya sido fruto de la voluntad de la madre, sino que haya venido impuesto (violación), aunque en ese caso existe la posibilidad de la adopción y podría justificarse un rechazo al aborto.
Así pues, tenemos que el rechazo total al aborto sólo puede sostenerse desde la postura de que el embarazo es un deber de la madre. Pasando al plano de lo jurídico, hay que preguntarse si eso es así. Radicalmente NO: por muchas obligaciones morales que puedan imponérsele a una mujer, jurídicamente nunca tendrá el deber de quedarse embarazada. Es tan contrario a los principios que inspiran nuestra Constitución que intentar compatibilizarlo es imposible.
Por ello, y como conclusión: nuestra Constitución y los valores liberales que la inspiran no permiten más que una posición ante el aborto, y es su regulación al menos en algunos supuestos, que serán más o menos amplios según el Gobierno que redacte la ley. El “no al aborto, en ningún caso” no es admisible en el Derecho español.
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